domingo, 5 de abril de 2015

(Carga 3) Concepto de Derechos Humanos. Norberto Bobbio.

En los documentos de organismos internacionales, la expresión “derechos humanos” se usa para indicar todos los derechos y libertades fundamentales de la persona. La expresión “derechos civiles” se convirtió entonces en una expresión reductiva puesto que sólo se refería a la categoría  o parte de los derechos fundamentales que constituyen el estatus del ciudadano, pero no el estatus de la persona en su integridad. En este sentido parece que la expresión de derechos humanos es la más acertada porque:


  •  Se evitan discriminaciones de género, al menos en el lenguaje (aunque en México, cuando hablamos de “hombres” y “mujeres” hacemos una discriminación de lenguaje).
  • Nos referimos a todas las categorías o generaciones de derechos que hasta ese momento están reconocidos, y a todos los sujetos relevantes.
  • Se hace hincapié en el principio de “humanizar” los procedimientos, para el reconocimiento de los derechos fundamentales.


En este sentido, los derechos humanos podrían conceptualizarse como todas las necesidades esenciales, fundamentales, irrenunciables de la persona, que deben reconocerse y satisfacerse para que la vida de cualquier individuo pueda realizarse dignamente en la integridad material y espiritual.
En este sentido la ley reconoce esas necesidades como derechos fundamentales, obligando así tanto a instituciones públicas como a los titulares de los derechos, para que los respeten. Por esta razón, los derechos humanos no son una creación o un artificio legal, no son inventados. En otras palabras, los derechos humanos son propios de la humanidad y espiritualidad de las personas, por tanto no dejará de existir en tanto que la humanidad exista.

Si atendemos a la letra del artículo 1 de la Declaración de los Derechos Humanos, asumiremos que los derechos humanos somos nosotros. Una especie de nacimiento con el derecho innato a nosotros. Todos, igualmente tenemos el derecho dentro de nosotros, que no es abstracto ni formal. Vivir el derecho humano, significa incluso estar bien juntos, en la comunidad en la que vivimos, cotidianamente, desde que nos encontramos en la familia.

Para Luigi Dell’aglio, cuando faltan los derechos humanos, falta todo lo demás. Aunque de la otra parte, muchos de los derechos que se reconocen se quedan como letra muerta sin siquiera haberse hecho efectivos por la mayor parte de la población. Por esta razón el derecho constituye una herramienta ideal para la protección jurídica y aplicación concreta de los derechos humanos.

Norberto Bobbio señala que los derechos fundamentales del hombre no son naturales ni absolutos que se otorgan una vez y para siempre, sino que son históricos, nacen de necesidades particulares en un determinado periodo histórico (relatividad histórica), cuando alguno quiere reafirmarlos o cuando se han materializado en normas que son distintas en cada país y contexto (relatividad geográfica-cultural).

Por su parte, Kant redujo los derechos innatos a uno solo: la libertad, por el hecho de que el elenco de los derechos humanos se va modificando con el cambio de las condiciones históricas, es decir de las necesidades y de los intereses, de las clases que tienen el poder, de los medios disponibles para su actuación, así como de las transformaciones tecnológicas. Por esta razón, Bobbio señala que los derechos que habían sido declarados como absolutos, al final del siglo setecientos, como una propiedad “sagrada e inviolable”, fueron sobrepuestos a limitaciones radicales en las declaraciones contemporáneas, por ejemplo en los derechos del setecientos no se mencionan los derechos sociales que ahora se proclaman con mucha ostentación en todas las declaraciones actuales; el derecho de respetar la vida incluso de los animales.

Por esta razón, definir los derechos humanos debe siempre contemplar la parte histórica y social en que se desarrollan. Y por esta razón los derechos humanos no siempre serán los mismos en épocas distintas. No hay un fundamento absoluto.

No obstante lo anterior, nos enfrentamos con un problema de querer compartir una ética universal, valores y reglas válidas y aceptadas en todo el mundo que se conforma por culturas y pueblos distintos. Debemos aclarar qué es lo que a nivel internacional podemos hacer como comunidad para hacer que esos valores se compartan y respeten.



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