domingo, 19 de abril de 2015

Las garantías individuales y los derechos humanos.

Garantía individuales                                       |                                              Derechos Humanos
(Derechos civiles)                                            |              (derechos humanos individuales y colectivos)


Los Derechos Humanos en la Constitución son valor, norma y hecho, no obstante, los derechos fundamentales, no se reflejan en valor, norma y hecho, pues los derechos fundamentales se refiere a derechos positivizados, es decir, derechos humanos reconocidos en la Constitución y tratados internacionales. Los derechos fundamentales pueden ser garantías individuales (Fix Zamudio). Derechos Humanos-norma.
Eficacia- garantía.

El término “garantías” actualmente se refiere a los medios para hacer eficaz la norma jurídica.
Las garantías que existen son de varios tipos: sociales, económicas, políticas y jurídicas.

Las garantías jurídicas son:
1.       Garantías jurisdiccionales: Amparo
2.       Garantías no jurisdiccionales: Procedimiento ante la CDH.

El texto del artículo 29 constitucional (Estado de excepción) suspensión de derechos, incluyendo sus medios de protección, por ejemplo: Amparo contra el decreto de suspensión de garantías.



Actualmente es posible promover juicio de amparo por derechos colectivos. Tratándose de derechos colectivos, la verdadera eficacia requiere más que los medios jurídicos. E requieren mecanismos sociales, económicos y políticos.


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